El ámbito regional en la política comparada europea (y VIII): A modo de cierre.
Todo lo hasta este último post referido no ha sido más que una ejemplificación de situaciones existentes en nuestra Europa. Y lo que pretende hacer notar es la diversidad que caracteriza al viejo continente.
Hay quien afirma que el Estado-Nación se ha demostrado en crisis y que, en cualquier caso, inmerso además como está en la vorágine de la integración europea, no puede por más tiempo permanecer inalterado en su actual configuración. Las soluciones que se observan para adecuarse a estas nuevas realidades son diversas y van desde la adecuación del Estado unitario en sus órganos centrales, sin afectar a la tradicional estructuración interna de los mismos (Finlandia), a la federalización (Bélgica), pasando por opciones intermedias más o menos desarrolladas, cual sería el caso del Estado unitario regionalizado (Italia), o el Estado de las Autonomías español (federal en la opinión de Eliseo Aja). Se ha analizado, en consecuencia, el ámbito regional en la política europea comparada, tomando en profundidad los casos de Bélgica, Finlandia y España, y observándose que la Historia y las fracturas o cleavages presentes en cada uno de estos países han condicionado su configuración actual y la vía seguida en la consideración de las regiones y su articulación y poder. Vinculado en cierto modo con el estudio de caso de Finlandia, se ha recogido la referencia separada a un caso atípico en Europa, el del pueblo sami y, entre otras particularidades, sus instituciones representativas, como los parlamentos samis nacionales o el Consejo Sami (Sámirađđi), que no constituyen regiones ni instituciones políticas, pero tienen incidencia en el tema en su ámbito geográfico territorial.
La conclusión que obtengo –simple y sin más pretensiones- es que las regiones, en cualquiera de sus configuraciones y contenidos, pueden ayudar a articular la vida política, económica o social de los Estados, dando cabida y acomodo, en ocasiones, a otras realidades, bien como las naciones políticas sin Estado, bien grupos étnicos, lingüísticos o culturales diferenciados, así como favorecer la participación política de la ciudadanía y, de algún modo, su mayor involucración en el proceso democrático, lo que, según se señalaba en uno de los primeros post de esta serie, al hacer referencia a la cuestión de la ‘representación’ planteada por Giovanni di Sartori, está cuando menos en tela de juicio. Obviamente la regionalización de los Estados no es una panacea, pero entiendo que puede complementar a la profundización de la Democracia participativa y la aplicación de medios y procedimientos de Democracia directa. No en vano, lo que me preocupa fundamentalmente es la calidad de la Democracia y entiendo que ésta se encuentra en un momento cuando menos regular, acosada por el populismo, el autoritarismo, los ‘adjetivos’ (restringida, popular, orgánica, protegida, ...) y, principalmente, la falta de participación, o sea, lo que Gil Calvo, siguiendo a Giorgio Alberti, califica de ‘democracia defectiva’, que sería “democracia residual o restante que resulta tras descontar o deducir el efecto causado por el absentismo cívico y la abstención electoral” (Gil Calvo, 1999).
Bibliografía.
GIL CALVO, Enrique (1999): La democracia defectiva. Artículo de opinión. Madrid. Diario El País.
Tags: Europa región Bélgica España Finlandia sami federalismo centralismo autonomía confederalismo Sámirađđi cleavage ciudadanía participación democracia
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